El
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (Indecopi) multó a la empresa Gothic Entertainment
S.A., propietaria de la discoteca Gótica, con S/.370 mil por discriminar a
Godfrey Arbulú, al impedirle el ingreso a sus instalaciones por su
orientación sexual.
La
agraviada acudió a la discoteca ubicada en Larcomar (Miraflores) para un evento
al cual fue invitada, sin embargo, al llegar el personal de seguridad luego de
solicitarle el DNI, le condicionó el ingreso al pago de una suma
mayor al que cobran al resto de consumidores.
Arbulú denunció a Gótica ante la Comisión de
Protección al Consumidor del Indecopi, que inició un procedimiento de oficio,
es decir por iniciativa propia, tras conocer los hechos a través de los medios
de comunicación.
Luego
de analizar las pruebas y argumentos de ambas partes, la comisión llegó a la
conclusión de Gótica infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor
y la multó con 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/. 370
mil, además de asumir el pago de los costos incurridos por la denunciante en el
procedimiento.
Asimismo, Indecopi ordenó que la empresa propietaria de la discoteca
remita una carta a la agraviada ofreciéndole disculpas por trato
discriminatorio.
Además, deberá
publicar por seis meses un aviso en su página web y un letrero visible en la
entrada del local que diga: “Gothic Entertainment S.A. informa al público
que en la discoteca Gótica están prohibidas todas las prácticas
discriminatorias a consumidores por cualquier motivo, incluyendo distinciones
injustificadas por origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica, opción sexual o cualquier otro motivo”.
También
deberá capacitar a todo su personal para que se eviten conductas
discriminatorias similares en el futuro. Cabe
precisar que la empresa se encuentra en plazo de presentar apelación, ante
la segunda instancia de la institución.
Voceros
de Indecopi explicaron que el monto de la multa que se impone a la
discoteca va al tesoro público y no a la agraviada, quien puede
recurrir al Poder Judicial para solicitar una indemnización por
daños y prejuicios.
Fuente:
Noticias en Línea - Perú 21
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