El
Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de amparo interpuesta
por Lucero Robert Tailor Moreno Cabanillas, quien cuestionaba que por ley se
declare al Señor de los Milagros como Patrono del Perú, al no haberse
acreditado una amenaza a su derecho de libertad religiosa.
La
demanda se presentó contra los presidentes del Consejo de Ministros y del
Congreso de la República, y en ella se solicitaba que se ordene a la
Presidencia del Consejo de Ministros que retire el proyecto de ley presentado
por el Poder Ejecutivo para declarar al Señor de los Milagros como Patrono del
Perú.
Moreno
Cabanillas señaló que profesa la fe cristiana evangélica y que, a su juicio, el
proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo contravenía el texto
constitucional conforme al cual el Estado peruano es laico y no confesional, por
lo que existe separación entre las confesiones religiosas y el Estado.
El
Tribunal destaca en su sentencia que una declaración de este tipo en nada perjudica la
laicidad del Estado si se trata de un símbolo en el que
no domina su significación religiosa, sino su carácter cultural.
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