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en Línea. Aproximadamente tres horas duró la exposición sobre el pedido de
arresto domiciliario de Alberto Fujimori. El día martes 29, se dará
a conocer la decisión final sobre la petición.
El
Juzgado Supremo de Instrucción, a cargo del juez Segundo Baltazar Morales
Parraguez, dio inicio la tarde de este viernes a la audiencia en la que se
evalúa el pedido de arresto domiciliario del expresidente Alberto
Fujimori.
La
diligencia se realiza en la sala de audiencias del establecimiento penal de
Barbadillo, sede de la Diroes, en Ate Vitarte, donde el exmandatario cumple
condena.
Fujimori
se presentó a la audiencia acompañado de su abogado William Paco Castillo,
mientras que Carlos Rivera, defensa legal de la parte civil, no acudió a la
audiencia judicial.
El
ministro de Justicia de Perú, Daniel Figallo, consideró que el expresidente
Fujimori no puede recibir el arresto domiciliario para terminar de cumplir
la condena a 25 años de cárcel que recibió en 2009 por delitos de lesa
humanidad.
"No hay vacío legal, no cabe el arresto domiciliario. El asunto es
claro", señaló Figallo al recordar que ese beneficio solo procede cuando
se trata de una detención preventiva, es decir, antes de una condena.
Decisión
sobre arresto domiciliario
El
juez supremo Segundo Morales Parraguez este martes 29 de octubre decidirá
si concede el arresto domiciliario para el exmandatario. El magistrado
dará a conocer su veredicto tras escuchar la fundamentación del abogado William
Castillo Dávila.
Durante su exposición, Castillo Dávila argumentó que el expresidente
Fujimori tiene más de 75 años de edad, lleva más de ocho años en la cárcel y
padece de cáncer a la lengua, por lo cual fue operado cinco veces.
Además, asegura
que en la ley no existe impedimento para que el magistrado conceda arresto
domiciliario al expresidente condenado por delitos contra los derechos
humanos. “Usted señor juez ya está en la historia judicial del Perú”, remarcó.
Por su parte, el fiscal supremo adjunto en lo Contencioso Adminsitrativo, Iván
Quispe, pidió al juez supremo rechazar el pedido. Indicó que no existe
normativa en la legislación que permita a una persona condenada afrontar su
pena bajo arresto domiciliaro.
“No es un caso de vacío legal, sino de cumplimiento de pena. El juez no puede
crear uan pena nueva remarcó el representante del Ministerio Público.
A esta sesión no se hicieron presentes los abogados de la parte civil. Ellos
afirman que el pedido de Fujimori carece de fundamento.
NEL/RPP
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