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en Línea. De todas las entidades financieras privadas que existen en nuestra
capital, la alcaldesa Susana Villarán y cinco de sus regidores decidieron
solicitar un préstamo crediticio en la Caja Municipal de Crédito Popular de
Lima, mejor conocida como la Caja Metropolitana.
Entre
el 2011 y el 2012, la máxima autoridad edil y los regidores de Fuerza
Social Inés Rodríguez, Mónica Erazo, Marco Zevallos, Perfecto Ramírez y Hernán
Núñez se endeudaron con montos que llegan hasta los 25 mil nuevos soles.
En
el caso de Villarán, los registros de Infocorp señalan que cuenta con tres
deudas. La referida con la entidad municipal data de finales del 2011, por
cerca de S/.25 mil, que ha ido pagando mensualmente con cuotas de S/.400 y
S/.800.
Hernán
Núñez, el regidor que quedó como teniente alcalde tras la revocatoria, admitió
a Perú21 que también adquirió la deuda en el primer año de gestión,
pero por la suma de S/.15 mil, y agregó que en el caso de los regidores se les
descuenta de sus dietas. “Yo ya pagué mi deuda”, dijo.
Mónica
Erazo también terminó de pagar su deuda de S/.15 mil –adquirida a finales del
2011– en enero del presente año. Su colega revocada Inés Rodríguez aparece en
Infocorp con cuatro deudas vigentes. Hasta enero de 2014 figura como morosa con
la entidad municipal con una deuda que permanecía en S/.16,805. El
registro indica que desde noviembre del 2013 comenzó a retrasarse en sus pagos.
El
otro regidor revocado, pero recientemente incorporado como asesor de
Protransporte, Perfecto Ramírez, consiguió un préstamo de S/.15 mil en
diciembre del 2012 y hasta enero del 2014 su deuda ascendía a S/.7,158.
Mientras que Marco Zevallos, designado como gerente del Ambiente tras la
revocatoria, tuvo un préstamo de cerca de S/. 23 mil. Aún no salda la deuda.
La polémica
La Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) señala en su artículo 63 que “los
servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar obras o
servicios públicos municipales”. Los incisos 3 y 4 del artículo 56 especifican
que los bienes municipales también contemplan las acciones de las empresas.
Pero
no solo eso. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en su resolución
N° 236-2009-JNE, realiza una interpretación más profunda: “El artículo 63
impone la prohibición de contratar en los casos en que exista un evidente
conflicto de interés. E*sta interpretación atiende al hecho de que el alcalde y
los demás servidores municipales tienen el poder de decidir,* o de influir en
la decisión acerca del destino del patrimonio municipal”.
Pues
bien, Perú21 accedió al Acuerdo de Concejo N° 010, del 21 de enero de
2011, donde Susana Villarán logró que le deleguen la facultad para designar a
los representantes de la Municipalidad en la Junta General de Accionistas de la
Caja Metropolitana y a los miembros de su Directorio durante toda su gestión.
En la presidencia del Directorio, Villarán designó a su gerente general, José
Miguel Castro.
Causal de vacancia
La resolución del JNE citada líneas atrás corresponde a la vacancia
del alcalde de Tumán, en Chiclayo (2009), por endeudamiento con la Cooperativa
de Ahorro y Crédito de Tumán. Para el especialista en temas electorales
Virgilio Hurtado, el caso de Villarán, fuera de las similitudes o diferencias
con el caso Tumán, es pasible de causal de vacancia.
En
efecto, la resolución indica que la infracción del artículo 63 “no exige la
comprobación de fines ilegítimos ni la consecución de beneficios indebidos,
basta únicamente la constatación” de un contrato.
Aunque
Hurtado advirtió que las interpretaciones del JNE pueden variar según
cada caso.
Perú21,
a través de la asesora de Comunicaciones de Villarán, Inés Elejalde, intentó
conversar con alguna autoridad o algún asesor legal de la municipalidad, pero
hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta pese al pedido formal que se
transmitió.
José
Miguel Castro, quien sí nos atendió, negó alguna irregularidad en los
préstamos, pues, dijo, correspondía a un convenio planilla-cash regulados por
la SBS. Óscar Vivanco, gerente general de la Caja, lo justificó así. “¿La
caja de qué vive? De prestar dinero, y si los créditos se pagan los
beneficios son para la municipalidad. No hay beneficio indebido”.
Vivanco
no quiso entrar en detalles sobre las condiciones y montos exactos de los
préstamos amparados en el secreto bancario, pero aseveró que ninguno sobrepasó
el 30% de su salario.
NEL/Perú21
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