Noticias en Línea. El
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al Banco Falabella con una multa
S/.266,000 (70 UIT) por negarse a otorgar una tarjeta de crédito
a una persona con discapacidad.
Según
precisó la institución, dicha entidad financiera carece de protocolo para
atender solicitudes de crédito de personas con discapacidad, en dos de sus
sucursales.
La
Comisión de Protección al Consumidor N° 1 halló responsable al Banco Falabella porque
con estas acciones incurrió en prácticas discriminatorias, pues negó, en
dos oportunidades, la contratación de una tarjeta de crédito a un cliente,
quien por su discapacidad no podía firmar los documentos.
Se
verificó, además, que en las sucursales de Banco Falabella ubicadas en el
Cercado de Lima y en el distrito de Surquillo, el personal a cargo
infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Además
de la multa impuesta, la Comisión ordenó al banco que cumpla con medidas como
publicar en su página web y en un lugar visible de todas sus agencias y
sucursales, un aviso con el siguiente texto:
“Banco
Falabella Perú informa al público en general que en este establecimiento se
encuentran prohibidas todas las prácticas discriminatorias a consumidores por
cualquier motivo, incluyendo distinciones injustificadas por origen, raza,
sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, opción sexual,
discapacidad o cualquier otro motivo”.
Asimismo,
ordenó capacitar a todo su personal para que eviten conductas
discriminatorias similares a la verificada en el presente procedimiento, debiendo
acreditar dicha capacitación ante el Indecopi, y abstenerse de realizar
prácticas discriminatorias de cualquier índole que impliquen una vulneración a
los derechos de los consumidores.
Banco
Falabella apeló la resolución emitida por la Comisión de Protección al
Consumidor Nº 1 y actualmente el caso se encuentra en trámite ante la Sala
Especializada de Protección al Consumidor el Tribunal del Indecopi.
Indecopi
agregó que mediante una medida cautelar, presentada ante la Sala Especializada
de Protección al Consumidor, dicha empresa intentó impedir que se difunda
esta resolución de sanción.
Sin
embargo, la Sala declaró improcedente dicha solicitud, en la medida
que no buscaba asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva que emitirá
la autoridad, requisito indispensable en una medida cautelar.
Falabela
responde
Voceros del Banco Falabella indicaron que
la empresa sí cuenta con un protocolo interno sobre la atención a personas
con discapacidad, tal y como lo reconoce el comunicado del caso, difundido por
Indecopi.
De
acuerdo con la entidad financiera, en esta oportunidad, hubo error de un
trabajador, el cual –aseguran los representantes- sí dio las disculpas del
caso al afectado.
Reiteraron
que han apelado la sanción y esperan que el tribunal que verá el caso, esta vez
les dé la razón. “Fue una omisión de un empleado, no una práctica
discriminatoria del banco”, aseguraron.
NEL/Perú21
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