Noticias en Línea. A continuación 11
claves para entender la aplicación del aborto terapéutico en el país:
1. El
aborto terapéutico es legal en el Perú desde 1924, o sea, desde hace 90 años. Sin
embargo, no se aplicaba de forma estándar por la falta de la reglamentación
debida. En 12 hospitales del país, como el Instituto Materno Infantil, sí se
realiza este procedimiento médico, regido por un reglamento interno.
2. Según
la Resolución Ministerial 486-2014 del Ministerio de Salud, solo podrán
someterse a la interrupción voluntaria del embarazo las mujeres con menos
de 22 semanas de gestación y en los casos que el procedimiento sea “el
único medio para salvar la vida de la gestante” o para evitar en su salud un
“mal grave o permanente”.
3. El
aborto terapéutico no es aplicable en caso de violación sexual.
4. Solo
son 11 los casos médicos en los que se evaluará someter a la madre al aborto
terapéutico. Ellas incluyen un embarazo ectópico (cuando el óvulo
fertilizado se desarrolla fuera del útero, lesión neurológica severa
que empeora con el embarazo, que la madre tenga cáncer y necesita quimioterapia
o radioterapia, entre otros. Revisa acá los once casos
5. Una
vez que la gestante solicita la interrupción terapéutica de su embarazo, tras
recibir la información adecuada por parte de su doctor, una Junta Médica debe
aprobar la intervención y designar al médico que lo llevará a cabo dentro
de las siguientes 24 horas.
6. Para
tomar su decisión, la Junta Médica, conformada por tres profesionales médicos
(y al menos un gineco-obstetra) puede volver a examinar a la paciente y solicitar
exámenes adicionales. Si concluyen que el aborto terapéutico es
recomendable, solicitarán el consentimiento escrito de la gestante.
7. Todo
el procedimiento, desde que la gestante solicita la interrupción de su embarazo
hasta que la Junta Médica lo aprueba y la intervención se lleva a cabo, se debe
hacer en un plazo máximo de seis días calendario.
8. Si
por el contrario, la Junta Médica concluye que no es recomendable interrumpir
el embarazo, la gestante puede solicitar la conformación de otra Junta
Médica con otros doctores.
9. Se
debe brindar orientación al paciente en todo momento, desde que se decide
la intervención hasta después de realizada.
10. La
gestante puede cambiar de decisión en cualquier momento del proceso.
11. Según
el Ministerio de Salud, al año son entre 15 o 20 casos los que
podrían ajustarse en este procedimiento.
NEL/Con información de Perú21
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