Noticias en Línea. Tras un largo debate, el Pleno del Congreso aprobó el
proyecto de ley que previene y sanciona con una pena de prisión efectiva de
hasta 12 años el delito de acoso sexual callejero.
La
Ley de prevención, atención y sanción del acoso sexual en los
espacios públicos señala que este tipo de prácticas en lugares públicos como
calles, avenidas, parques, plazas y demás), así como en medios de transporte
público deben ser sancionados. Esto al considerar que afectan la dignidad, la
libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física y moral de
niños, adolescentes y mujeres.
La
pena de cárcel puede llegar a los 12 años si el acoso sexual tuviese un
carácter degradante o causase algún tipo de daño físico o mental en la víctima
que el perpetrador haya podido prever.
La
edad también condiciona la cantidad de años para un acosador. La sentencia
puede llegar a los 10 años si su víctima tiene menos de 7 años. Asimismo, será
de hasta 9 años de cárcel si fuera un menor de 10 y de 8 años si fuera un menor
de 14.
Otros
agravantes considerados son la violencia o las amenazas. En esos casos, la pena
llegaría a 5 años. Si el acosador es docente, auxiliar o tiene otra vinculación
académica que lo vuelva una autoridad sobre su víctima, la pena será de 7 años.
NEL/El
Comercio
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