El procurador
anticorrupción Julio Arbizu señaló
que deben cumplirse las condiciones establecidas en la ley para poder otorgar
el indulto humanitario al ex presidente Alberto Fujimori.
Refirió que el “indulto per se”
está vedado para los casos de los condenados por secuestro agravado y los
delitos que ha cometido el ex mandatario Fujimori.
Sin embargo, dijo, existe la
posibilidad del indulto humanitario, para el cual el condenado debe cumplir las
condiciones señaladas por el Tribunal Constitucional.
“El Tribunal Constitucional señaló
que el indulto humanitario se concede únicamente en tanto el condenado sea
portador de una enfermedad grave que lo conduzca inexorablemente a la muerte”,
subrayó.
INDULTO VULNERARÍA IGUALDAD
No obstante, advirtió que ese beneficio para el ex presidente Fujimori
podría eventualmente vulnerar el principio del derecho de igualdad.
“Algunos presos en
las mismas condiciones de una persona que no está precisamente grave podrían
reclamar lo mismo”, explicó.
Además, recordó que el indulto
humanitario debe ser concedido después de un informe técnico de la Comisión de Indultos del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. “Y este sustento técnico puede ser
expedido por una junta médica independiente, que efectivamente evalúe la
condición médica del solicitante”, precisó.
También señaló que existen
antecedentes de anulación de indultos, no solamente en los tribunales
internacionales, sino en el mismo fuero interno, como el caso del ex
broadcaster, José
Enrique Crousillat, en marzo del 2010. “Yo estoy absolutamente convencido de que en este caso se va a respetar
la ley que establece las condiciones para solicitar
este indulto”, puntualizó.
Fuente: Noticias en Línea – ANDINA
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