jueves, 13 de septiembre de 2012

Hoy se conocerá cuál AFP cobrará la comisión más baja


Tras una larga espera, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dará a conocer hoy cuál es la AFP que cobrará la menor comisión por administrar el fondo de los afiliados.

Y es que la Ley de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) establece que los nuevos afiliados se integrarán a la AFP ganadora de la licitación por un plazo de 2 años, luego de ello podrán optar por permanecer en dicha AFP o cambiarse, de acuerdo a su propia elección.

Sin embargo, éste no es el único proceso de licitación ya que también se aplicará el mismo mecanismo para el seguro de sobrevivencia, invalidez y gastos de sepelio que ofrezca  menor costo.

El director de la Asociación Peruana de Seguros, Felipe Morris, prevé que el próximo año a mediados de julio, se estaría licitando la 'prima seguro' que presente la mejor propuesta económica.

"En el nuevo sistema los afiliados pagarán una misma tasa indistintamente de la AFP en la que se encuentren. La idea de esta reforma es hacer más competitivo el mercado", explicó.

En tal sentido, dijo que la administración conjunta del nuevo sistema demandará el diseño de una estructura operativa que facilite su funcionamiento.

COBRO DE COMISIONES
El congresista Jaime Delgado recordó que actualmente las cuatro AFP existentes en el mercado, Horizonte, Integra, Prima y Profuturo, cobran comisiones de 1,95%, 1,8%, 1,75% y 2,14%, respectivamente, a las que se debe sumar la prima de seguro.

"Se espera que con la Ley de la Reforma, las comisiones se reduzcan significativamente y bajen por lo menos 1%", manifestó.

De otro lado, cabe señalar que una vez que salga reglamentada la Ley, las AFP cobrarán una comisión mixta por la administración de los fondos, la cual tendrá 2 componentes: una parte calculada sobre el sueldo mensual y otra sobre el fondo que se forme a partir de los nuevos aportes.

Sin embargo, los afiliados antiguos podrán manifestar su decisión de permanecer bajo una comisión sobre el sueldo (flujo) u optar con la comisión por saldo (fondo).

Cabe precisar que los fondos de los afiliados que actualmente se encuentran desempleados y no estén aportando al sistema, no pagarán comisiones.

Con esta Ley, el Ejecutivo estima que al 2015, alrededor de 1.9 millones de trabajadores independientes y de las micros y pequeñas empresas (mypes) accederían al sistema pensionario.

DEMANDAS A LA LEY DE LAS AFP
Como se recuerda, el Tribunal Constitucional (TC), admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada por la bancada Fuerza 2011 a la Ley de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), ya que aseguran que el cobro de comisiones por saldo vulnera el artículo 12 de la Constitución que señala que los fondos de pensiones son intangibles.

A esta demanda se sumó la del Colegio de Abogados de Puno, con el respaldo de la Bancada de Acción Popular – Frente Amplio, en la cual precisan que se viola el derecho de libre acceso y elección, la que prohíbe la autorización o creación de monopolios, entre otros.

La autógrafa indica que la Ley de la Reforma "en caso la entidad centralizadora sea una entidad pública, esta podrá ser la Sunat".

El congresista Yonhy Lescano manifestó que al establecerse esta salvedad quiere decir que se está creando un monopolio legal a favor de la entidad.


Fuente: Noticias en Línea – La República

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